Competencia considera ilegal el mecanismo con el que el Gobierno del PP pretendía salvar las térmicas y la minería

Central térmica de Compostilla en El Bierzo. Foto de Miguel Ángel Pérez González

Ical

La Comisión Nacional de Mercados y Competencias (CNMC) ha asestado este jueves un duro golpe al proyecto del Real Decreto del Gobierno del Partido Popular para regular los cierres de centrales de generación, en respuesta a la pretensión de las eléctricas de ejecutar una cascada de cierres de centrales térmicas.

El Real Decreto, que condicionaba las autorizaciones de cierre a que no afectara al precio de la electricidad o la seguridad del sistema entre otros asuntos, es considerado contrario a dos leyes por el organismo de Competencia, que rechaza la actual redacción del Ministerio. En concreto asegura el informe que “el procedimiento de autorización del cierre, en la redacción propuesta, no encaja en los aspectos mencionados en el presente informe con lo previsto en la Ley 24/2013 (del Sector Eléctrico) ni en la Ley 39/2015 (del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)”.

Para la CNMC los argumentos usados por el Gobierno para paralizado los cierres de centrales o bien forzar su traspaso a un tercero si una eléctrica no quiere seguir operándola no son válidos. El informe considera “que los nuevos criterios que plantea el Ministerio en su Proyecto de Real Decreto no están suficientemente desarrollados ni previstos en la normativa vigente. Además, le confieren un excesivo margen de discrecionalidad y estima que crean inseguridad jurídica para las nuevas inversiones, pudiendo resultar contraproducentes para la competencia en el sector eléctrico”.

Uno de los argumentos que desmonta Competencia es prohibir los cierres por afectar a la capacidad del sistema eléctrico, que apuntan “en la actualidad existe un claro exceso de capacidad” aunque consideran que “se considera necesario desarrollar el marco normativo que resulte de aplicación en un escenario futuro de eventual problema de seguridad de suministro”.

Sobre la posible afección a los precios para impedir un cierre se estima que esta posibilidad no se recoge la Ley del Sector Eléctrico ni en la normativa europa, por lo que podría ser “barreras a la salida en una actividad que debe desarrollarse en régimen de libre competencia”.

Además pone en cuestión la idea del Ministerio de subastar la central a un tercero y subvencionar que siga en funcionamiento. Asegura Competencia que “el procedimiento de subasta parece en exceso complicado y podría ser mejorado” y que las ayudas planetan dudas por su encaje en la normativa europa como ayudas de Estado, por lo que pide que se consulte a la Unión Europea sobre tal cuestión. Para el organismo “la compensación por el mantenimiento de la actividad propuesta no parece encajar con la figura de los mecanismos por capacidad, toda vez que no está ligada a un problema de garantía de suministro”.

Además la CNMC apunta que la disposición transitoria de entrada en vigor de la norma debe eliminarse “dado que ésta supone una retroactividad en grado máximo afectando a situaciones de hecho producidas con anterioridad a la propia norma”. El Gobierno había situado la fecha en el 15 de septiembre del 2017, lo que dejaba fuera del decreto a la térmica de Anllares del Sil que se presentó en mayo.

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