El Gobierno regula el sector del lúpulo y establece las bases para las ayudas de “mínimos”

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Ical

El Consejo de Ministros aprobó este miércoles un Real Decreto por el que se regula la ordenación del sector del lúpulo, incorporando la reglamentación de la Unión Europea, y se establecen las bases para la concesión de ayudas estatales de “mínimis” destinadas a este sector, según informaron fuentes del Gobierno.

En materia de ordenación del sector, la nueva norma establece el sistema de certificación del lúpulo y su comercialización con el fin de asegurar la calidad del producto.

También regula el reconocimiento de las organizaciones de productores de este cultivo y sus asociaciones, y contempla algunas disposiciones en materia de comunicaciones entre las autoridades competentes y a la Unión Europea.

El establecimiento y reconocimiento de Organizaciones de Productores en este cultivo, cuya extensión es muy reducida (562 hectáreas en toda España y 254 agricultores) se considera esencial para impulsar la rentabilidad de las explotaciones y mejorar la capacidad de negociación de los productores, al mismo tiempo que se favorece la realización de inversiones en común.

El Gobierno explicó que el cultivo del lúpulo, tras un “importante retroceso” en las últimas décadas, está experimentando en España un “nuevo e incipiente” desarrollo vinculado al sector cervecero y, en parte, a las nuevas tendencias en elaboración y consumo de cervezas artesanales.

Ayudas

Respecto al régimen de ayudas para asegurar el sector e impulsar el cultivo, el Gobierno indicó que es necesario llevar a cabo un ajuste estructural del sistema productivo actual, que garantice su permanencia en el tiempo y su rentabilidad y viabilidad a largo plazo.

El Real Decreto fija las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo a partir de variedades más adecuadas, así como para la reconversión y mejora de las plantaciones existentes y para la adquisición de maquinaria específica para la mecanización del cultivo, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2021.

El presupuesto destinado a las ayudas, que serán financiadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, es de 350.000 euros anuales. La cuantía de las ayudas está limitada al 40 por ciento de la inversión subvencionable y dentro de unos máximos para dicha inversión variables según el tipo de la misma (adquisición de material de plantación o de postes y soportes de guiado del cultivo, implantación de sistemas de riego por goteo, maquinaria para el cultivo, equipos de secado, etc). Los importes se incrementarán en el caso de agricultores jóvenes.

El límite de ayuda por beneficiario se establece en todo caso, de acuerdo a la reglamentación comunitaria sobre ayudas de “mínimis”, en 20.000 euros en tres ejercicios fiscales por beneficiario.

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