Condenado el Ayuntamiento de León por intentar cobrar una tasa a un periodista de ILEÓN por documentación pública

El alcalde de León Antonio Silván (PP) cuando se inició el proceso de transparencia y el actual regidor José Antonio Diez (PSOE). / Peio García / ICAL

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de León ha condenado al Ayuntamiento de León por querer cobrar cien euros a un periodista de ILEÓN que quería acceder a información pública. El consistorio pedía 118,58 euros al periodista para fotocopiar los decretos de enero de 2017 a pesar de que el redactor había solicitado expresamente una copia digital, ya que según el ayuntamiento leonés todos los decretos estaban en papel y ninguno en formato digital.

La jueza condena en costas al Ayuntamiento de León –500 euros teniendo en cuenta “la cuantía del recurso y la naturaleza y complejidad” de la cuestión– por responder al periodista “como si se hubiera solicitado directamente fotocopias” cuando podía haber escaneado la documentación: hay 121 dispositivos de escaneo de documentos y personal auxiliar “suficiente” para realizarlo.

El periodista pidió una copia digital de cada decreto de la alcaldía contenido en el Libro de Decretos desde el 1 de enero de 2017 al 31 de enero de 2017 en noviembre del año 2018. El Ayuntamiento estimó favorablemente la petición, pero alegó que no tenía digitalizados los decretos de enero de 2017, por lo que le requería el pago de las fotocopias de 363 decretos firmados por el alcalde.

El periodista acudió entonces al Comisionado de Transparencia de Castilla y León, figura que recae en el también 'defensor' del pueblo autonómico (Procurador del Común), considerando irregular el acceso concedido a la documentación, pues obligaba al pago para acceder a los decretos de la alcaldía en tiempos de gobierno de Antonio Silván (PP). En plena pandemia, en abril de 2020 y casi un año y medio después de pedir amparo, el Comisionado de Transparencia estimaba la reclamación del periodista e instaba al consistorio leonés a entregar la documentación tal y como se había solicitado. El Ayuntamiento de León, disconforme con la resolución y ya bajo la alcaldía de José Antonio Diez (PSOE), optó por llevar a los tribunales la decisión del Comisionado de Transparencia, que ahora la ha negado la razón.

En la sentencia la jueza no cree que el consistorio haya justificado “suficientemente” la imposibilidad de enviar la información de forma electrónica. “No es imposible darle formato electrónico a documentos en papel”, destaca la jueza responsable del caso.

Además, la sentencia subraya que el Ayuntamiento “no puede pretender obtener un precio público” para otro supuesto que no esté previsto en la ordenanza fiscal, como era el caso de una petición de transparencia. El consistorio reclamaba 118,58 euros: 67 copias digitalizadas por una cara a 0,20 euros por copia; 282 por doble cara, a 0,30 por cada una de ellas. En total, aspiraba a cobrar 98 euros sin el IVA, con lo que sumaba hasta 118,58 euros por las digitalizaciones como si fueran 'fotocopias'.

Digitalizar “no es reelaboración”

Sobre las dos cuestiones de fondo del asunto la jueza considera que “pasar de formato papel al electrónico no es reelaboración” y que en el caso en cuestión el Ayuntamiento de León ha intentado cobrar una tasa pública, de fotocopias, que no es aplicable ya que existen medios para la digitalización, por lo que no cabe cobro ninguno, “el Ayuntamiento puede aplicar una tasa siempre que exista una ordenanza fiscal que prevea todas las posibilidades para exigir su pago, y no es el caso”.

Victor A. Bayón, abogado de Cordal Estudio Jurídico que ha ejercido la defensa en nombre del periodista, valora muy positivamente la sentencia y destaca “que esta resolución supone un rapapolvo jurídico al Ayuntamiento de León que viene poniendo dificultades al derecho a la transparencia por la vía de cobrar tasas abusivas e indebidas”. “En este caso, es un hecho que el Ayuntamiento pretendía cobrar una tasa por escanear documentos cuando ni siquiera ese concepto está previsto en sus Ordenanzas Municipales”, señala para pedir al consistorio que “tome nota y modifique esta situación de opacidad”.

La sentencia es recurrible y la parte demandada estudia el caso por si se han vulnerado sus derechos cívicos y puede dar lugar a algún procedimiento de otro tipo.

Etiquetas
stats