El juez sentencia que todo el patrimonio de la Obra Social de Caja España, salvo un libro, es del banco andaluz Unicaja

Sede en León de Fundos, la entidad heredera de la Obra Social de la Caja, cuyo grueso del patrimonio se queda en la entidad bancaria andaluza.

Jarro de agua fría sin paliativos: De reclamar a través de una denuncia edificios, unas 4.000 obras de arte, libros y dinero en metálico por un importe aproximado a 100 millones de euros, a conseguir una sentencia judicial en la que únicamente se gana un libro del siglo XVI.

Este es abrumador resumen de la sentencia emitida por el juzgado de Primera Instancia 9 de León, que ha sentenciado la demanda presentada hace dos años por la Fundación Obra Social de Castilla y León (Fundos) -heredera de la Obra Social de Caja León y después de Caja España- y que reclamaba por vía penal a Unicaja Banco una enorme lista inmuebles, obras de arte, fondos documentales y dinero por un importe global que rondaría los 100 millones de euros.

La sentencia desestima de manera prácticamente completa la reclamación de Fundos, le da casi plea razón a la entidad bancaria y únicamente admite que le devuelva a la primera un libro del siglo XVI.

Así, al menos con esta decisión en primera instancia, la entidad financiera andaluza no tendrá que desprenderse del patrimonio que Fundos consideraba que se le debía asignar al entender que hubo irregularidades en el traspaso del mismo durante los sucesivos procesos de integración que vivió Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria (España Duero).

La sentencia determina que se siguieron criterios contables y alude también a la falta de acreditación de la parte demandante del valor concreto y de la propiedad de los bienes demandados, tanto en lo que atañe a los inmuebles -cerca de una treintena dispersos por distintas localidades de Castilla y León- como en el caso de las casi 4.000 obras de arte o los documentos históricos.

En un documento de 37 páginas de marcado carácter técnico, el juez desgrana los argumentos para rebatir la demanda de Fundos y se alude a las declaraciones prestadas durante el juicio por más de una veintena de responsables de las entidades implicadas y se concluye que “la estimación que se produce de la demanda es parcial; exclusivamente respecto a un único libro” y, “dada la complejidad del procedimiento y las dudas que genera” no se imponen costas a ninguna de las partes.

Sobre la reclamación del pago de 26,5 millones que la parte demandante consideraba que restaba por transferir a la Fundación del total de 40 de tesorería que figuraban en el Anexo 1 del Proyecto de Segregación, la sentencia señala que “la actora retuvo la cuantía de 40 millones de euros que aparecía a su favor como activo excluido de la segregación, con lo cual, cantidad alguna debe abonarle, postulando, en definitiva, la íntegra desestimación de la demanda”.

La única devolución: un libro

'La materia médica de Dióscorides' de Andrés Laguna, médico humanista español del siglo XVI, viajero, traductor de libros de medicina griega y conocedor de las lenguas clásicas, es el único objeto que el juez estima en la demanda como propiedad de Fundos. Por ello, ordena su reintegro “en perfectas condiciones” y en caso contrario la indemnización correspondiente “con el valor de mercado que tuviera tal bien al momento de llevarse a cabo dicha valoración” antes de “absolver a meritada demandada (Unicaja) del resto de los pedimentos contenidos contra la misma”.

El director general de la fundación Fundos, con sede en el edificio Botines de Gaudí en la capital leonesa, Chema Viejo, realizó una primera valoración de la decisión judicial argumentando que el magistrado realiza una “estimación parcial” de su denuncia, a pesar del escaso éxito patrimonial conseguido, y reforzado por el hecho de que no impone las costas procesales a ninguna de las partes. Y matizó que por ahora no se ha decidido si recurrirán el dictamen judicial, para lo que disponen de un plazo de 20 días.

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