La Junta se auto-obliga a no retrasar más de medio año la devolución de las deducciones familiares en la renta

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C.J. Domínguez

Las familias de la Comunidad autónoma de Castilla y León con derecho, si así lo reclaman ante la Junta, a deducciones del tramo autonómico no aplicado en su día en la declaración de la renta están sufriendo desde hace años retrasos en los pagos que van más allá de lo razonable.

En concreto, a día de hoy ningún contribuyente con el derecho admitido, de los menos de 3.500 (3.425 en concreto) que lo presentaron el año pasado, ha ingresado un sólo céntimo de las cantidades adeudadas respecto al IRPF del ejercicio del año 2015. Y eso que el plazo de presentación de esa devolución concluyó hace ya justo un año, el 30 de septiembre de 2019.

La pasada semana, la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta tuvo que ordenar el pago de 3,4 millones de euros a los que tienen derecho 3.423 familias de la Comunidad y que solicitaron como muy pronto hace un año, en algunos casos casi año y medio. “En este ejercicio se ha detectado una pequeña demora”, justificaba el departamento. La excusa era la necesidad de posicionar el crédito para afrontar estas cuantías, debido a la situación de prórroga del Presupuesto de la Comunidad.

Cinco años después, por fin cambios

Se han necesitado varios años para que la Junta admita que los plazos de cobro de estas cantidades a las familias beneficiarias no son si medio normales. Por eso, este viernes 25 de septiembre el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) pretende tomar cartas en el asunto y, entre otras cosas, forzarse de manera real a sí misma a pagar en el plazo máximo de seis meses.

La nueva orden modifica la de 24 de agosto de 2015 para el procedimiento de abono de las cantidades pendientes de aplicar sobre la cuota íntegra autonómica en las deducciones familiares del impuesto sobre la renta de las personas físicas, aunque es de destacar que ya desde entonces se ceñía a seis meses -desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de la solicitud- el pago de estas cuantías y desde entonces se ha incumplido por sistema.

Ahora, la Consejería justifica que “la experiencia acumulada desde el año 2015 demuestra que es necesario agilizar la tramitación del procedimiento de abono, en concreto, en el ámbito de la notificación de la resolución” de la Junta. Y se excusa en “el elevado número de solicitudes presentadas por los contribuyentes”, a pesar de que en la última convocatoria la cifra no sobrepasó los citados 3.500 beneficiarios; “la situación de los procedimientos tramitados por otras Administraciones que tienen repercusión en este procedimiento”, en una velada mención a la Agencia Tributaria estatal, y en “la situación de las disposiciones presupuestarias”, porque al final subyace que no hay dinero suficiente para ejecutar los pagos a tiempo.

Por eso, a partir de mañana que entra en vigor esta modificación, las resoluciones favorables o desestimadas se publicarán en el propio Boletín Oficial de Castilla y León y en el Portal Tributario de la Junta de Castilla y León, lo cual “sustituirá a la notificación de acuerdo” caso por caso. Se espera que así el trámite se agilice, aunque habrá que potenciar la otra 'pata', que es disponer del dinero suficiente en el Presupuesto de la Junta.

Las familias de la Comunidad autónoma de Castilla y León con derecho, si así lo reclaman ante la Junta, a deducciones del tramo autonómico no aplicado en su día en la declaración de la renta están sufriendo desde hace años retrasos en los pagos que van más allá de lo razonable.

En concreto, a día de hoy ningún contribuyente con el derecho admitido, de los menos de 3.500 (3.425 en concreto) que lo presentaron el año pasado, ha ingresado un sólo céntimo de las cantidades adeudadas respecto al IRPF del ejercicio del año 2015. Y eso que el plazo de presentación de esa devolución concluyó hace ya justo un año, el 30 de septiembre de 2019.

La pasada semana, la Consejeria de Economía y Hacienda de la Junta tuvo que ordenar el pago de 3,4 millones de euros a los que tienen derecho 3.423 familias de la Comunidad y que solicitaron como muy pronto hace un año, en algunos casos casi año y medio. “En este ejercicio se ha detectado una pequeña demora”, justificaba el departamento. La excusa era la necesidad de posicionar el crédito para afrontar estas cuantías, debido a la situación de prórroga del Presupuesto de la Comunidad.

Cinco años después, por fin cambios

Se han necesitado varios años para que la Junta admita que los plazos de cobro de estas cantidades a las familias beneficiarias no son si medio normales. Por eso, este viernes 25 de septiembre el Boletin Oficial de Castilla y León (BOCyL) pretende tomar cartas en el asunto y, entre otras cosas, forzarse de manera real a sí misma a pagar en el plazo máximo de seis meses.

El consejero de Economía y Hacienda de la Junta, Carlos Fernández Carriedo. Foto: Cortes CyL / ICAL.

La nueva orden modifica la de 24 de agosto de 2015 para el procedimiento de abono de las cantidades pendientes de aplicar sobre la cuota íntegra autonómica en las deducciones familiares del impuesto sobre la renta de las personas físicas, aunque es de destacar que ya desde entonces se ceñía a seis meses -desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de la solicitud- el pago de estas cuantías y desde entonces se ha incumplido por sistema.

Ahora, la Consejería justifica que “la experiencia acumulada desde el año 2015 demuestra que es necesario agilizar la tramitación del procedimiento de abono, en concreto, en el ámbito de la notificación de la resolución” de la Junta. Y se excusa en “el elevado número de solicitudes presentadas por los contribuyentes”, a pesar de que en la última convocatoria la cifra no sobrepasó los citados 3.500 beneficiarios; “la situación de los procedimientos tramitados por otras Administraciones que tienen repercusión en este procedimiento”, en una velada mención a la Agencia Tributaria estatal, y en “la situación de las disposiciones presupuestarias”, porque al final subyace que no hay dinero suficiente para ejecutar los pagos a tiempo.

Por eso, a partir de mañana que entra en vigor esta modificación, las resoluciones faborables o desestimadas se publicarán en el propio Boletín Oficial de Castilla yLeón y en el Portal Tributario de la Junta de Castilla y León, lo cual “sustituirá a la notificaciónde acuerdo” caso por caso. Se espera que así el trámite se agilice, aunque habrá que potenciar la otra 'pata', que es disponer del dinero suficiente en el Presupuesto de la Junta.

La Comunidad autónoma estableció en 2011 una excepción dentro de la normativa reguladora del IRPF para permitir a los contribuyentes que no alcanzaban la cuota mínima exigible deducirse determinados gastos familiares de este tributo. Por eso, la del ejercicio 2015, solicitada el año pasado, es el quinto año de deducciones familiares autonómicas del IRPF a quienes en años anteriores no se le aplicaron estas desgravaciones por no haber generado una renta suficiente.

El plazo concluye este 30 de septiembre

Tienen derecho a recibir estas cantidades todo los contribuyentes que hubieran presentado su correspondiente solicitud dentro de plazo y no hubieran agotado el importe total de las deducciones familiares del IRPF en el año que surgió el derecho a su aplicación (2015), ni en los tres periodos impositivos siguientes (2016, 2017 y 2018). El plazo para la solicitud de ese año 2015 concluye este próximo miércoles 30 de septiembre.

Las bonificaciones autonómicas aplicables son seis: por familia numerosa; por nacimiento o adopción de hijos; por partos múltiples o adopciones simultáneas; por gastos de adopción; por cuidado de hijos menores y permiso de paternidad; y a partir de ste año, también por cuotas a la Seguridad Social de empleadas del hogar.

La Comunidad autónoma estableció en 2011 una excepción dentro de la normativa reguladora del IRPF para permitir a los contribuyentes que no alcanzaban la cuota mínima exigible deducirse determinados gastos familiares de este tributo. Por eso, la del ejercicio 2015, solicitada el año pasado, es el quinto año de deducciones familiares autonómicas del IRPF a quienes en años anteriores no se le aplicaron estas desgravaciones por no haber generado una renta suficiente.

Todos los motivos de deducción

Tienen derecho a recibir estas cantidades todos los contribuyentes que hubieran presentado su correspondiente solicitud dentro de plazo y no hubieran agotado el importe total de las deducciones familiares del IRPF en el año que surgió el derecho a su aplicación (2015), ni en los tres periodos impositivos siguientes (2016, 2017 y 2018). El plazo para la solicitud de ese año 2015 concluye este próximo miércoles 30 de septiembre.

Las bonificaciones autonómicas aplicables son seis: por familia numerosa; por nacimiento o adopción de hijos; por partos múltiples o adopciones simultáneas; por gastos de adopción; por cuidado de hijos menores y permiso de paternidad; y a partir de este año, también por cuotas a la Seguridad Social de empleadas del hogar.

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