La Junta limita el cierre de bares y comercios no esenciales a las ocho sólo hasta el 23 de febrero de momento

Primer día de aplicación del nuevo toque de queda reducido, y ahora 'tumbadp' por el Supremo, en León capital. / Campillo / ICAL

Laura Cornejo

El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) oficializa este miércoles los acuerdos por los que se impone el toque de queda de 22.00 a 6.00 de la mañana mientras dure el estado de alarma y el cierre de bares y comercio no esencial a las 20.00 horas hasta el próximo 23 de febrero, decisiones que se tomaron en un Consejo de Gobierno extraordinario tras el auto del Tribunal Supremo que suspende cautelarmente el toque de queda que se adelantó a las 20.00 horas el pasado 16 de enero.

El Supremo asumió la petición de la Abogacía del Estado y estableció en su resolución que la modulación que aparece en el decreto de alarma y a la que aludía la Junta, no significa que se pueda agravar una medida que afecta a derechos fundamentales, porque el presidente de la Junta aunque sea autoridad delegada no posee competencia suficiente y porque hay más medidas que el Gobierno autonómico puede poner en marcha.

Lo que ha hecho la Junta es, efectivamente, imponer otras restricciones que tienen efectos similares al toque de queda a las 20.00 horas: Se podrá circular libremente por las calles hasta las 22.00 horas, pero desde las 20.00 los establecimientos hosteleros y el comercio no esencial estarán cerrados.

Con el anterior toque de queda ocurría todo lo contrario: desde las 20.00 estaba restringida la movilidad mientras que los bares y las tiendas podían permanecer abiertos aunque evidentemente no iban a tener clientes.

El acuerdo 6/2021, adoptado por el presidente de la Junta como autoridad delegada, explica las decisiones tomadas desde que la declaración del estado de alarma permitieron imponer el toque de queda, hasta el pasado martes, cuando el Supremo se pronunció.

“Procede declarar la suspensión y, por otro lado, en su lugar, fijar en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León como hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno las 22,00 horas, hasta tanto no se resuelva definitivamente el recurso interpuesto o sea revocada la medida cautelar señalada. No obstante lo anterior, permanecen los efectos del acuerdo impugnado en lo tocante a la fijación de las 06,00 horas como hora de finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, dado que no existe medida cautelar de suspensión respecto de dicho apartado”.

“Proteger la salud”

El acuerdo, dice, se encuadra “en la acción decidida y necesaria de esta Presidencia de la Junta de Castilla y León para proteger la salud de los ciudadanos y, en definitiva, la vida humana, contener la progresión de la enfermedad, y reforzar el sistema de salud en nuestra Comunidad Autónoma”.

Así, las medidas temporales de carácter extraordinario que ya se han adoptado “deben intensificarse sin demora para prevenir y contener el virus, y mitigar el impacto sanitario, social y económico”. En este sentido, el acuerdo subraya que “gran parte de los contagios” se producen “en las reuniones personales” por lo que es “indispensable” adoptar “todas aquellas medidas que las limiten, especialmente en el ámbito familiar y social”.

Nuevo toque de queda vigente desde este miércoles, no desde el martes

Aunque el presidente de la Junta de Castilla y León aseguró el martes en rueda de prensa que desde ese mismo momento el toque de queda quedaba establecido a las 22.00 horas, el acuerdo establece que tiene efectos “desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León”, es decir, desde este miércoles y no desde el martes, y que mantendrá su eficacia mientras permanezca la vigencia de la medida cautelar fijada en el auto del Supremo y mientras continúe declarado el estado de alarma.

El resto del acuerdo - el final del toque de queda a las 6.00 producirá efectos desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, y mantendrá su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma. Aún así, se advierte que la medida “será objeto de seguimiento y evaluación continua con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria y, en virtud de ello, podrá ser modificada o dejada sin efectos”.

Quiénes pueden seguir abiertos

El otro acuerdo, adoptado por la Consejería de Economía, es el que establece el “horario máximo de apertura” de de bares y comercio no esencial desde las 20.00 horas pero en este caso sólo hasta el 23 de febrero y con opción de prorrogarlo. Las excepciones a este nuevo horario son:

a) Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.

b) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida y servicios de naturaleza análoga.

c) Los establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción.

d) Los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.

e) Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico. f) Los velatorios.

g) La práctica de la actividad deportiva permitida, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre.

h) Los servicios profesionales, de seguros, y de empleados de hogar.

i) Los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos.

j) Los centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que tendrán el horario establecido por la Consejería de Educación.

k) Las Universidades, de acuerdo con su protocolo.

l) Entidades de Formación acreditadas y/o inscritas en alguno de los registros coordinados con el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación profesional para el empleo.

m)Escuelas Municipales de música y danza.

n) Las actividades de restauración permitidas, excepto el consumo en terrazas.

El acuerdo advierte que “los ciudadanos deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en el presente acuerdo” y que “los incumplimientos individualizados” podrán constituir infracción administrativa.

El presente acuerdo producirá efectos desde las 20.00 horas de este miércoles hasta las 23.59 horas del día 23 de febrero de 2021. Esta medida será objeto de seguimiento y evaluación continua con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser mantenida, modificada o levantada.

Etiquetas
stats